Maltrato animal en Tabasco se castigará ahora con hasta 7 años de prisión

Diputados aprueban reforma al Código Penal del Estado

Maltrato animal en Tabasco se castigará ahora con hasta 7 años de prisión

Por unanimidad, el Congreso del estado aprobó una reforma al Código Penal del Estado para elevar las penas y agravantes en contra de quienes cometan el delito de maltrato animal.

Este jueves, los legisladores avalaron que se castigue de un año a cinco años de prisión y de 100 a 500 días multa al que ilícitamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, causándole sufrimiento o lesiones.

Además, la reforma también establece que, si los actos de maltrato o crueldad le provocan la muerte al animal, se le impondrá de dos a siete años de prisión y de 300 a mil días de multa, así como el aseguramiento de todos los animales que tuviera bajo su cuidado o resguardo.

Al hacer uso de la voz, el coordinador del PVEM, Miguel Moheno, quien promovió la iniciativa, resaltó que "en Tabasco quien tortura o mata a un animal enfrentará penas verdaderas", y aseguró que "esta reforma no es un acto simbólico sino un acto de justicia y humanidad". 

"Sí se puede tener leyes más fuertes, más modernas, efectivas y humanas. Porque hoy en la mayoría del país matar a un animal de compañía cuesta entre seis meses y sólo tres años de cárcel. Penas que por ser bajas permiten la libertad bajo fianza. Tabasco no puede seguir así. Esta reforma busca que la crueldad que derive en lesiones graves, tortura, violación, mutilación o muerte deje de ser un delito menor y comience a tener consecuencias reales que no puedan evadirse con dinero ni con acuerdos ni con pretextos. 

"Tabasco no puede permitir que casos atroces terminen en carpetas inactivas. No puede seguir dejando que agresores reincidan porque la ley no les impuso una sanción ejemplar", señaló.

La reforma al artículo 304 del Código Penal del Estado también contempla agravantes como si se actúa con saña, tortura o utilizando métodos de extrema crueldad, así como si los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

Además, contempla sanciones si la agresión es cometida por un servidor público en funciones, e incluso si la persona es reincidente o cuenta con antecedentes por delitos similares.

Asimismo, si el victimario capta los actos de maltrato o crueldad en imágenes, fotografías o videograbaciones para hacerlos públicos mediante redes sociales, plataformas digitales o cualquier medio.

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