Obras creadas con IA no pueden registrarse como derechos de autor en México: Corte
Exige que las obras sean de creación humana
- Francisco Bautista Villegas
 - Agosto 29, 2025 - 09:10 p.m.
 - NACIONAL
 

El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que, las obras creadas por inteligencia artificial (IA) no pueden registrarse como derechos de autor en México.
Explicaron que, en 2024, un particular solicitó al Instituto la inscripción de la obra digital 'Avatar Virtual', generada a través de una plataforma de inteligencia artificial denominada Leonardo.
El registro se negó al considerar que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) exige que éstas sean de creación humana, con la característica de originalidad como expresión de la individualidad de su autor y de su personalidad.
En aquel entonces, el solicitante impugnó la decisión ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el argumento que la obra de IA era registrable porque, a su parecer, "la creatividad no debe limitarse a lo humano, y que excluirla implicaba una violación a los derechos humanos, al principio de igualdad y a la evolución tecnológica", además de contravenir tratados internacionales como el T-MEC y el Convenio de Berna.
Sin embargo, la Sala confirmó la negativa de registro emitida por el INDAUTOR, pero el quejoso promovió un juicio de amparo, argumentando, nuevamente, que "la resolución violaba sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica y no discriminación".
La Corte negó el recurso solicitado al determinar, entre otras cosas, que la protección a entes artificiales no puede analizarse bajo la premisa del derecho humano a la igualdad jurídica, puesto que ambos tienen características incompatibles.
Además, que el derecho de autor es un derecho humano exclusivo de las personas físicas, derivado de su creatividad, intelecto, sentimientos y experiencias.
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