Congreso aprueba la revocación de mandato
Podrá realizarse pasando el 3er año de ejercicio del gobernador
- Andrés Olmos
- Octubre 09, 2024 - 10:45 p.m.
- TABASCO
El Congreso de Tabasco aprobó durante la sesión nocturna de este miércoles, la reforma a la Constitución local, en materia de revocación de mandato, la cual, se podría solicitar a los tres meses siguientes del tercer año del periodo constitucional del gobernador en turno.
La reforma establece que la revocación de mandato puede ser solicitado ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), por la ciudadanía, en un número equivalente, al menos, al 10 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal.
De cumplir con los requisitos, el ejercicio se estaría realizando durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del mandatario en turno, y será vinculante, siempre y cuando alcance, como mínimo, el 45 por ciento de la votación.
Además, precisa que será el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), el encargado de realizar el cómputo final del proceso, una vez resueltas las impugnaciones que pudieran presentarse, y en caso de alcanzar la votación requerida para revocar al gobernador, el secretario de Gobierno en turno asumirá de manera provisional la titularidad del Poder Ejecutivo, y el Poder Legislativo, tendrá 15 días para nombrar un gobernador interino o sustituto, para concluir el periodo.
Durante la discusión, la diputada de Movimiento Ciudadano, Patricia Lanestosa Vidal, presentó una reserva, la cual fue desechada por Morena y aliados.
La emecista criticó que, en la reforma de revocación de mandato, se faculte al Tribunal Electoral de Tabasco, para resolver las impugnaciones sobre la elección de delegados, lo cual dijo, es incongruente, porque al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), no se le dio la facultad de organizar las elecciones delegacionales.
Por tratarse de una reforma a la Constitución local, se envió el dictamen a los 17 Ayuntamientos, quienes deberán avalar la revocación de mandato.
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