Artículo del Código Penal invalidado por la SCJN quedó sin materia desde abril de 2025: Jurídico del Gobierno
Fue modificado eliminando la frase "o cualquier otra manifestación pública"
- Candelario Osorio León
- Marzo 27, 2026 - 07:50 p.m.
- TABASCO

El consejero jurídico del Gobierno estatal, Jesús Manuel Argáez de los Santos, confirmó que desde abril de 2025 el Congreso local reformó el artículo 160 Bis del Código Penal del Estado, por lo que la porción normativa señalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya no se encuentra vigente.
Explicó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpuso en su momento una acción de inconstitucionalidad contra el primer párrafo de dicho artículo −vigente desde la anterior administración−, al considerar que contenía una redacción ambigua que se prestaba a interpretaciones discrecionales.
Sin embargo, precisó que el artículo fue modificado el 2 de abril de 2025, eliminando la frase "o cualquier otra manifestación pública", que era el elemento que generaba confusión y abría la posibilidad de sancionar expresiones sociales de manera arbitraria.
"El actual artículo 260, desde el 2 de abril del año 2025, está completamente de acuerdo con los parámetros constitucionales que está marcando la SCJN. Estamos esperando únicamente que nos notifique para hacérselo saber que no hay materia de carácter legislativa, que se quedó sin materia el asunto", dijo.
El funcionario estatal sostuvo que la actual administración mantiene su compromiso con la protección de la libertad de expresión, al tratarse de un derecho humano fundamental y constitucional.
Es de recordar que, el 24 de marzo pasado, la SCJN invalidó la porción normativa de dicho artículo que incluía la frase "o cualquier manifestación pública", al considerar que su amplitud permitía a la autoridad determinar de manera arbitraria qué expresiones podían ser sancionadas, lo que representaba un riesgo para el ejercicio de derechos fundamentales.
Short Link: https://is.gd/yMM3gK
Comentarios