Registro obligatorio de líneas telefónicas es inconstitucional: SCJN
Resolvió que el Gobierno no puede condicionar la conservación o contratación a la entrega de información sensible
- Vanessa Vázquez
- Enero 27, 2026 - 10:20 p.m.
- PRIMERA PLANA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que el registro obligatorio de líneas telefónicas con datos personales y biométricos, conocido como PANAUT, es inconstitucional.
De acuerdo con medios nacionales, el máximo tribunal aseguró que esto vulnera derechos fundamentales de la ciudadanía, principalmente la privacidad.
Por lo que, la Suprema Corte resolvió que el Gobierno no puede condicionar la conservación o contratación de un servicio de telefonía móvil a la entrega de información sensible.
Además, señaló que la medida no cuenta con sustento constitucional y que su implementación no cumple con criterios de proporcionalidad, al afectar de manera generalizada a la población sin demostrar una efectividad real en la reducción de delitos.
Por lo que la resolución deja sin efecto cualquier disposición que obligue a los usuarios a registrar datos personales o biométricos para mantener activa una línea telefónica.
Reafirmó que la protección de esta información es un derecho constitucional que no puede ser restringido de manera indiscriminada.
Por último, la SCJN estableció que la seguridad pública no debe sustentarse en esquemas de vigilancia masiva, sino en el fortalecimiento de las instituciones.
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