4 ministros de la Corte en contra de eliminar la prisión preventiva

Este martes seguirá la discusión

4 ministros de la Corte en contra de eliminar la prisión preventiva

La Sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, concluyó hoy lunes el primer debate sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de la prisión preventiva oficiosa, el cual continuará mañana martes.

Durante la discusión del proyecto, que inició pasado el mediodía, cuatro ministros se pronunciaron en contra de limitar la prisión preventiva oficiosa. 

El magistrado Luis María Aguilar Morales presentó el proyecto de sentencia por el que se propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, regulada en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Sin embargo, aclaró que no se propone que la prisión preventiva desaparezca, sino que dicha medida cautelar se dicte por el juez correspondiente, siempre y cuando el Ministerio Público la justifique, es decir, que sea motivada y sustentada.

“En el proyecto que se pone a su consideración, se propone que la prisión preventiva debe dictarse únicamente cuando esté debidamente justificada, esto es, motivada por causas y razones legítimas, consistentes, por ejemplo, en asegurar que el imputado sea presentado ante la justicia o cuando el imputado, estando en libertad, represente un riesgo para las víctimas, testigos o para la sociedad en general”, sostuvo.

Aguilar Morales consideró que la prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos, pues, dijo, su aplicación debe ser apegada a los principios de legalidad, presunción de inocencia, de necesidad y de proporcionalidad, así como estar sujeta a un periodo razonable.

En su intervención, la ministra Yasmín Esquivel Mossa dijo no participar con la idea de que la Suprema Corte tenga atribuciones para inaplicar una norma de la Constitución

“Si se considera que hay un abuso en la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, éste no es un problema de la Constitución, ni estamos nosotros facultados por ella para inaplicarla. La prisión preventiva oficiosa no es una medida cautelar deseable para el Estado mexicano”.

El magistrado Alberto Pérez Dayán comentó que la prisión preventiva deriva de una regla constitucional, y sus causas y previsiones están contenidas en un ordenamiento supremo, como lo exige la norma convencional.

Por ello, dijo, no le “corresponde asumir una tarea que no se me asignó, no soy quien para desprender hojas de la Constitución”.

“Por controvertida que pueda resultar la figura de la prisión preventiva oficiosa, no son los jueces constitucionales, ni siquiera la SCJN, con todos sus poderes, en quien recae el poder de enmendar el vicio que la provoca”, dijo.

En tanto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá se dijo a favor del proyecto, pero en contra de eliminar una disposición constitucional.

“Hago lo anterior, partiendo de una interpretación armónica y sistemática del artículo 1 y 19 constitucional, privilegiando la importancia, siempre, de mantener la integridad de la Constitución y rechazando la propuesta de inaplicar una norma que forma parte del parámetro de control, que nos hemos comprometido a respetar y proteger”, indicó.

Cerca de la dos de la tarde de este lunes, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, levantó la sesión para continuar la discusión mañana martes. 

Short Link: https://is.gd/XRrTLu