Declara SCJN inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Declara SCJN inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que se había establecido en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) y que obligaba a todos los ciudadanos a entregar datos personales y biométricos en la adquisición de una línea telefónica.

Los ministros consideraron que el Padrón podría comprender una violación de los derechos humanos a la protección de datos e información de los ciudadanos, así como una violación total a la privacidad de quienes adquieran el servicio.

Norma Lucía Piña Hernández, ministra que propuso invalidar el Padrón, dijo que aunque la motivación de la creación de éste se basa en el aumento de los delitos cometidos con dispositivos móviles, aseguró que una base de datos viola el derecho de los ciudadanos.

“Es claro que dicho ámbito se ve afectado al imponer a los usuarios de telefonía móvil la obligación de entregar su información privada, íntima y datos personales, incluyendo datos sensibles con la correlativa facultad otorgada a terceros particulares y al propio Estado, para recopilarlos y poder acceder a ellos. Pero, además, este impacto también se actualiza desde la perspectiva de la autodeterminación informativa, porque si en función de esta vertiente la persona tiene el poder para determinar quién, qué y con qué motivo puede acceder a sus datos personales, esta dimensión también se ve impactada por el Panaut”, señaló.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa refirió que el Congreso de la Unión debe legislar sobre aquellos servicios de telefonía de prepago, que comúnmente son utilizados para delinquir.

“De ahí considero que es válido registrar a los usuarios, pero a condición de que se limite únicamente a las líneas de prepago, por el riesgo que representa que ni siquiera el concesionario o los distribuidores sepan a quiénes le compraron o a quiénes le vendieron los equipos o las tarjetas SIM de prepago, pues es ilógico que se pretenda registrar a los de plan tarifario y no se tenga el control de los de prepago”, indicó.

En su intervención, el ministro presidente Arturo Zaldívar expuso que los datos que se estarían entregando, referentes al reconocimiento facial, huella dactilar y demás, que son expuestos por biometría, estarían en riesgo de, incluso, ser jaqueados por terceros.

“A mí me parece que estos datos solamente pueden estar en posesión del Estado, por razones excepcionales y siempre y cuando se cuente con un banco, con un sistema que genere la seguridad de que estos datos, no solo no se van a utilizar de manera indebida por parte del Estado, sino que estén blindados de que un tercero no pueda acceder a este sistema, un jaqueo como se dice, y que estos datos puedan estar en manos de cualquier persona, lo que me parecería sumamente grave”, añadió.

Este martes se llevará a cabo una sesión para analizar los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad realizada por la Corte.

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