TET revoca lineamiento que impedía a Morena acceder físicamente a expedientes de agrupación de Bertruy

Ordenó emitir una nueva resolución en un plazo de 72 horas, debidamente fundada y conforme a la ley.

TET revoca lineamiento que impedía a Morena acceder físicamente a expedientes de agrupación de Bertruy

Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) revocó un oficio emitido por la consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Ángela Araujo Segura, que impedía a Morena acceder al expediente físico de la asociación de Humberto de los Santos Bertruy, que busca constituirse como partido político local.

Morena había solicitado el acceso a dicha documentación, debido a que la versión digital entregada se encontraba testada, lo que, argumentó, le impedía ejercer su labor de vigilancia para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia y equidad.

Posteriormente, la presidenta de la Comisión Dictaminadora del IEPC, determinó autorizar la consulta presencial del expediente, pero sin permitirle la reproducción o sacar copias de la documentación, también prohibió el uso de dispositivos electrónicos y condicionarle el acceso a la firma de una carta compromiso de confidencialidad.

A decir del magistrado presidente del TET, Oswald Lara Borges, la emisión de este lineamiento para la consulta del expediente presencial escapa de las atribuciones de la consejera Araujo al ser presentado de forma individual y no por la determinación de la Comisión Dictaminadora.

"Del marco jurídico aplicable, se advierte que es la Comisión Dictaminadora, en su carácter de órgano revisor del procedimiento de constitución de partidos políticos y en actuación colegiada, quien tiene la competencia para pronunciarse sobre la solicitud que le fue formulada por el partido político Morena, respecto a la consulta presencial del expediente", afirmó el magistrado.

Por lo anterior, el TET ordenó emitir una nueva resolución en un plazo de 72 horas, debidamente fundada y conforme a la ley.

Asimismo, el TET declaró improcedente el medio de impugnación promovido por la Asociación Civil "Unión Democrática por Tabasco", al considerar que el acto reclamado carece de definitividad.

El juicio fue promovido en contra de un oficio mediante el cual la Comisión Dictaminadora para el Registro de Partidos Políticos Locales del IEPCT, solicitó la corrección de documentos y actas relacionadas con la solicitud de registro como partido político local de la asociación civil actora. No obstante, el Tribunal determinó que dicho oficio constituye un acto preparatorio, sin efectos definitivos sobre los derechos de la asociación.


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