TEPJF ordena al INE investigar acordeones de MC en elección judicial de NL
Demanda consideró el uso indebido de recursos públicos
- Arnulfo de la Cruz
- Julio 16, 2025 - 09:20 p.m.
- POLÍTICA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE un procedimiento especial sancionador y cumplir su obligación de investigar la denuncia presentada por el PAN en contra de Movimiento Ciudadano, por su supuesta injerencia en la elección judicial de Nuevo León y el reparto de acordeones donde supuestamente perfiló a abogados cercanos.
En sesión pública, los magistrados revocaron un acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE, que no admitió la queja del blanquiazul bajo el argumento de que los partidos políticos no tienen legitimidad para presentar quejas o denuncias sobre la elección judicial.
Lo anterior, tras la distribución de acordeones previo a los comicios del 1 de junio, presuntamente por parte del gobierno estatal de Samuel García y MC en Nuevo León, donde se perfilaron aspirantes impulsados por dicha autoridad y partido. La demanda consideró el uso indebido de recursos públicos para fines de promoción y propaganda.
Al rechazar el INE indagar en dichas conductas, Acción Nacional recurrió al tribunal donde la magistrada Janine Otálora, ponente del proyecto, consideró que la UTCE del órgano electoral federal no cumplió con su obligación constitucional de investigar los hechos que se hicieron de su conocimiento, los cuales podrían configurar una infracción electoral.
"Dado que se trata de procedimientos de interés público cuyo objetivo es ofrecer condiciones para el ejercicio de los derechos de participación política, el INE no puede excusarse de investigar posibles infracciones electorales, si existen elementos de su probable comisión. En este caso, estimo que la medida en que, ciertamente es un partido político, pero viene denunciando a otro partido político, no denuncia a candidaturas en especial, sino exclusivamente a un partido político por una indebida injerencia en el proceso electoral".
En la misma tesitura, la magistrada presidenta, Mónica Soto, comentó que la autoridad responsable debió haber realizado un ejercicio de investigación de tipo preliminar e incluso certificación, a fin de obtener elementos suficientes para estar en condiciones de determinar si los hechos denunciados pueden o no constituir un ilícito electoral.
"En este sentido, la autoridad debe hacer una mínima valoración antes de la no admisión, por ello estaría también a favor de que se regrese a la autoridad correspondiente y valore, en su caso, si los elementos son suficientes para la investigación".
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