SCJN tira la "Ley Esposa" impulsada por el gobernador de SLP

La medida también contemplaba su aplicación cuando los partidos participaran en coaliciones

SCJN tira la "Ley Esposa" impulsada por el gobernador de SLP

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las disposiciones que establecían la alternancia obligatoria de género para las candidaturas a las gubernaturas de San Luis Potosí y Durango.

En la sesión de este lunes, el Pleno determinó anular diversas disposiciones de la legislación electoral de ambas entidades, -conocidas como "Ley Esposa"- que obligaban a los partidos políticos a postular, en cada elección, a una persona de género distinto al registrado en los comicios anteriores.

La medida también contemplaba su aplicación cuando los partidos participaran en coaliciones.

La ponencia a cargo de la ministra, Lenia Batres, planteaba que imponer de forma permanente el género de quien puede competir, restringe desproporcionadamente el derecho a ser votado y la autodeterminación de los partidos políticos.

"La reforma combatida, al desarrollarse de local el principio de paridad, incorporó a su sistema jurídico una regla que no solamente reguló la designación paritaria de las candidaturas a la gubernatura de ese estado, sino que excedió su libertad configurativa al sustituir la decisión interna de postulación en una candidatura determinada, limitó el derecho a ser votada o votado y soslayó el principio democrático excediendo los límites constitucionales a los que están sujetos los congresos locales. 

"La propuesta que se hace plantea que una medida que implique limitar el derecho de las personas a ser votadas, que incida en la autodeterminación de partidos políticos o que restrinja la libertad democrática de los entes partidarios, necesariamente debe tener un fundamento preciso en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que en este caso no sucede", expuso.

El pleno también invalidó las disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Durango relacionadas con el mismo mecanismo de alternancia obligatoria, cuya regla estaba prevista para comenzar a aplicarse en el proceso electoral local 2027-2028.