Por condicionar entrega de copias certificadas, TET revoca acuerdo del IEPC
También declaró improcedente un Recurso de Apelación promovido por el PRD
- Candelario Osorio León
- Junio 19, 2026 - 08:10 p.m.
- POLÍTICA

Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) revocó un acuerdo emitido el 18 de mayo por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), mediante el cual se condicionaba la expedición de copias certificadas de un Procedimiento Especial Sancionador a Morena, siempre y cuando cubriera su costo en un establecimiento privado.
Al analizar el asunto, la magistrada ponente Enedina Juárez explicó que el agravio planteado por el partido guinda resultó fundado, al advertir que el organismo electoral fundamentó y motivó indebidamente su actuación, y que la Secretaría Ejecutiva se excedió en sus atribuciones.
"El artículo 63 del reglamento de Denuncias y Quejas que invoca no faculta al secretario Ejecutivo para primero, condicionar la expedición de copias certificadas previo pago a costa del interesado. Segundo, ordenar la extracción física del expediente original fuera de las instalaciones oficiales del instituto. Tercero, comisionar a un funcionario electoral para custodiar actuaciones en un establecimiento privado de fotocopiado y último, establecer que el pago deba hacerse a la empresa privada y el monto determinado", señaló.
Por otra parte, el TET declaró improcedente un Recurso de Apelación promovido por el PRD, en contra de dos actos de la Comisión Permanente de Denuncias y Quejas del IEPC, debido a que se consideró extemporánea la impugnación relacionada.
Asimismo, respecto de la medida cautelar dictada dentro del Procedimiento Especial Sancionador PES/013/2026, se determinó que el PRD carecía de interés jurídico para controvertirla, ya que sus efectos recaían directamente sobre un ciudadano y no sobre el instituto político.

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