Desecha IEPCT denuncia contra el informe y promoción del primer informe de May

También se desestimó la queja de Morena contra la publicidad del PRD

Desecha IEPCT denuncia contra el informe y promoción del primer informe de May

El Consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPCT) aprobó por unanimidad desechar la denuncia interpuesta por el PRD en contra del informe y promoción del primer informe de actividades del gobernador Javier May Rodríguez.

Asimismo, se desestimó la queja que interpuso Morena en contra de la publicidad en espectaculares del PRD, a la cual se omitió la colocación del logotipo de reciclaje en la impresión.

En el primer caso, el consejero Vladimir Hernández Venegas explicó los motivos por los que el Consejo concluyó la negativa de la denuncia.

"Como hemos venido analizando, se trata de un informe que está previsto en la ley, que efectivamente en el artículo 134 constitucional se establecen cuáles son las restricciones para la propaganda gubernamental y, bueno, desde nuestro punto de vista, como ha sucedido en otros casos similares, consideramos que el contenido de esos informes se trata estrictamente de informes de actividades institucionales sin que se lleve a cabo alguna promoción personalizada, se exalten logros personales o se pretenda proyectar alguna figura en aras o a lo mejor con vista a un próximo proceso electoral. Por eso, en el proyecto que se nos pone a consideración, se determina o se propone tampoco imponer sanción alguna", expuso.

Respecto al recurso promovido por el partido Morena en contra de la publicidad del PRD, Hernández Venegas argumentó lo siguiente.

"Respecto a la propaganda política, la ley electoral ni la ley de partidos políticos ni el reglamento de elecciones del INE establecen restricciones relacionadas con el material con el que se elabora este tipo de propaganda política y, por lo tanto, no se establece como debería ser si la intención del legislador hubiera sido sancionar esta conducta, no se establece una sanción específica, es decir, en la norma no se establece como una infracción, el material con el que se pueda elaborar la propaganda política ni mucho menos se establece una sanción específica para este tipo de conducta, es decir, que esa propaganda política no cumpliera con las normas que se establecen para la propaganda electoral, que es la de utilizar más que material reciclable", dijo.

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