Congreso local aprueba reformas en materias notariales, registrales y catastrales

Iniciativa surgió del "territorio", refirió legislador morenista

Congreso local aprueba reformas en materias notariales, registrales y catastrales

Por unanimidad, el Congreso local aprobó reformas a la Ley de Catastro del Estado de Tabasco, a la Ley Registral del Estado de Tabasco, a la Ley del Notariado y del Código Civil de Tabasco, con las que se beneficiará a las personas con trámites notariales, registrales y catastrales.

El dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales estableció que, ahora, en todos los actos traslativos de dominio, primero se hará en el Registro Público y luego en Catastro, revirtiendo la forma en que se venían haciendo.

Al respecto, el diputado de Morena, Manuel Gurría Reséndez, refirió que, esta iniciativa surgió del "territorio", es decir, de escuchar a las personas y a los expertos en la materia, sobre trámites que consideraban muy burocráticos.

"El dictamen que hoy nos convoca pertenece a la segunda categoría. Una reforma escrita escuchando, pensada para proteger y que llega a esta tribuna con un solo propósito: custodiar el patrimonio de las familias tabasqueñas. El corazón de esta reforma es un concepto que toca la vida de cada persona que adquiere una casa, un terreno, un local. Esa vulnerabilidad termina hoy. La inscripción registral será primero, y el trámite catastral posterior, bajo la responsabilidad del notario autorizante. El orden cambia, pero lo hace para que el derecho llegue", dijo.

Además, señaló que, en cuanto a la parte de recaudación, también se establecieron tres garantías, por lo que descartó que haya alguna vulneración en la materia.

"En materia de recaudación municipal, la presente propuesta instala tres garantías para dichas haciendas municipales.

Primera: Los notarios quedan obligados a manifestar el acto ante catastro dentro de los 15 días hábiles siguientes a la inscripción. Segunda: El catastro municipal no podrá asentar acto alguno sin la manifestación catastral requisitada y la nota del propio registro. Tercera: Ante cualquier omisión, la autoridad catastral podrá proceder de oficio. Son tres pilares, son tres certezas. La recaudación no se debilita", apuntó.

Asimismo, Gurría Reséndez comentó que se fortalece la responsabilidad de los notarios públicos, en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones, dado que podrán dar fe de la voluntad del testado sin necesidad de requerir testigos obligatorios y certificar documentos privados, así como asumir responsabilidad fiscal solidaria.

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