Avala San Lázaro dictamen que establece el hostigamiento y el acoso sexual como falta administrativa grave

El documento fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales

Avala San Lázaro dictamen que establece el hostigamiento y el acoso sexual como falta administrativa grave

Sin debate y por unanimidad de 440 votos a favor, diputados de los seis grupos parlamentarios aprobaron este martes el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, con el objetivo de sancionar con prisión el acoso sexual y el acecho.

Con ello, se adicionan los artículos 64 Quáter y 64 Quintus a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer la responsabilidad de acoso sexual y hostigamiento de personas servidoras públicas.

En ese sentido, el artículo 64 Quáter señala que será responsable de acoso sexual la persona servidora pública que ejerza acciones, comportamientos, expresiones físicas o verbales, o cuestionamientos de tipo sexual, con el fin de causar perjuicio a una persona.

Mientras que en el artículo 64 Quintus se establece que incurrirá en hostigamiento la persona servidora pública que, valiéndose de su posición jerárquica, ejerza acciones, comportamientos, cuestionamientos, expresiones físicas o verbales reiteradas con fines sexuales, ofensivos o degradantes, con el fin de causar perjuicio a una persona que se encuentre bajo su subordinación.

La legisladora del PT, Lilia Aguilar, promovente de la reforma, enfatizó que el dictamen tiene como objetivo específico establecer el hostigamiento y el acoso sexual laboral como una falta administrativa grave; es decir, que será una razón de despido en el servicio público.

'Una de las razones por las que las personas que sufren hostigamiento no denuncian es porque no pasa nada. Si tú denuncias a tu jefe, tu jefe puede venir en contra tuya porque el hostigamiento y el acoso simplemente no modificaban el estatus jerárquico del trabajo.

'72.7 de las personas que son hostigadas no saben que existe un protocolo, pero la cifra que da más tristeza es que el 83.2% de las personas acosadas sexualmente o con hostigamiento sexual no sabe que la conducta es una conducta de acoso u hostigamiento, es decir, hemos normalizado tanto el acoso y el hostigamiento sexual, sobre todo en contra de las mujeres que resulta que las mujeres pensamos que los tocamientos, los mensajes intimidantes y el lenguaje inapropiado en nuestra contra es parte de una normalidad', expuso.

La petista sostuvo que lo anterior se da a cualquier nivel jerárquico, pero sobre todo sucede en contra de las mujeres, ya que el 90 por ciento de ellas lo padecen.

La reforma también modifica la denominación del Capítulo I, del Título Decimoquinto, para quedar como "Acoso Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación" y el artículo 259 Bis, a fin de establecer que se impondrá pena de uno a tres años de prisión y hasta seiscientos días de multa a quien con fines lascivos acose o intimide de manera reiterada y por cualquier medio, causando a la ofendida algún daño o sufrimiento psicoemocional, que lesione su dignidad, o alguna alteración en el normal desarrollo de su vida cotidiana.

La sanción aumentará hasta en una mitad cuando el delito lo cometiera una persona servidora pública y utilice los medios o circunstancias que el encargo le proporcione; además, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año. El delito será perseguido a petición de la parte ofendida.

El documento fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

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