SCJN niega amparo contra sellos de advertencia en alimentos y bebidas a empresa de productos lácteos

El proyecto fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán

SCJN niega amparo contra sellos de advertencia en alimentos y bebidas a empresa de productos lácteos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, negó por unanimidad, un amparo promovido por la empresa productora de lácteos Santa Clara Mercantil de Pachuca, contra los etiquetados frontales de advertencia en los empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas envasadas.

El pleno de la SCJN resolvió que dichos sellos cumplen con un propósito constitucionalmente válido, sin violar los derechos de libertad de comercio, seguridad jurídica y trato igualitario.

El proyecto fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien expuso que este sistema de advertencia, es una medida proporcional, necesaria e idónea.

Sin embargo, quedaron pendientes de resolver dos amparos más, el 465/2022 y 358/2022, promovidos por las empresas Herdez S. A. de C. V. y Desde el Corazón del Fruto, S. A. de C. V. respectivamente, los cuales se estarían resolviendo este martes.

La Corte avaló la colocación de los sellos hexagonales, en los que se advierte sobre el contenido en exceso de los denominados nutrimentos críticos, los azúcares, grasas y el sodio.

También se resolvió que son válidas las advertencias en los etiquetados, para evitar su consumo por parte de menores de edad, cuando los productos contienen edulcorantes y cafeína.

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