SCJN invalida reglamento de Tepic que prohibía corrida de toros y peleas de gallos
Pleno consideró que las normas locales no pueden estar por encima de la Ley estatal que permite estas prácticas bajo cierta regulación
- Arnulfo de la Cruz
- Febrero 03, 2026 - 11:30 p.m.
- NACIONAL

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el reglamento municipal de Tepic, Nayarit, el cual prohibía de manera absoluta espectáculos con animales, como las peleas de gallos y la tauromaquia.
Durante la sesión de este martes, los ministros discutieron la declaratoria general de inconstitucionalidad solicitada por la extinta Segunda Sala de la SCJN, respecto al Reglamento de Bienestar Animal para el Municipio de Tepic.
Con una mayoría de seis votos, el pleno consideró que las normas locales no pueden estar por encima de la Ley estatal que permite estas prácticas bajo cierta regulación.
Al hacer uso de la voz, la ministra Lenia Batres se pronunció en contra del proyecto, al tiempo que criticó a sus colegas por contrariar el artículo 4 constitucional, el cual prohíbe el maltrato animal.
"El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales en los términos que señalen las leyes respectivas, es decir, no es el condicionamiento del maltrato según las leyes, sino la protección según las leyes bajo una prohibición absoluta de maltrato en la que el día de hoy debería entenderse, pues sí, también tradiciones tan fuertes como la pelea de gallos porque implica la muerte de los gallos para diversión humana.
"Queda nada más esta constancia y quisiera añadir que la declaratoria general de inconstitucionalidad derivada de un juicio de amparo, pues queda justamente a decisión de este pleno y este pleno desafortunadamente está dejando un pésimo precedente al contrariar una reforma constitucional", expuso.

Más tarde en su cuenta de X, Batres Guadarrama informó que la mayoría de los ministros de la Corte determinó declarar inconstitucional el artículo 19, fracciones X, XII y XXI del Reglamento de Bienestar Animal del Municipio de Tepic, "que prohibía corridas de toros, peleas de gallos y cualquier espectáculo que causase sufrimiento, trato indigno y no respetuoso a los animales".
"Se trata de la primera resolución posterior a la reforma constitucional que prohíbe el maltrato a los animales de manera absoluta, no condicionada a ninguna ley ni reglamento. No estuve de acuerdo", escribió.
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