SCJN da amparo a ISSSTE por deuda de 5.8 millones; señalan posible conflicto de interés de Lenia Batres

Concedió el amparo al instituto, actualmente encabezado por su hermano, Martí Batres

SCJN da amparo a ISSSTE por deuda de 5.8 millones; señalan posible conflicto de interés de Lenia Batres

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió este jueves frenar el cobro de 5 mil 810 millones de pesos que el gobierno de la Ciudad de México reclamaba al ISSSTE por concepto de impuestos locales.

La decisión fue tomada por una mayoría de seis votos contra uno, al aprobarse el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien concedió el amparo al instituto, actualmente encabezado por su hermano, Martí Batres Guadarrama.

Previo a la votación, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz solicitó retirar el proyecto para analizarlo con mayor detenimiento, al advertir un posible conflicto de intereses. No obstante, la propuesta fue rechazada por la ponente, quien sostuvo que el asunto debía resolverse en esa misma sesión.

"Pero todavía antes quisiera hacer la petición a la ministra ponente si hubiera posibilidad de dejar en lista el asunto. He recibido algunas consideraciones que yo en lo personal quisiera revisar, lo hago con el mismo respeto con que lo hice al ministro Arístides y también de algunos compañeros me han pedido también la posibilidad de dejarlo en lista. Entonces, solamente la petición, ministra, si hubiera esa posibilidad. Este, entonces antes de darle la palabra ministro Irving, en su caso, no sé qué opinión tiene.

-Gracias, Ministro presidente, creo que es un tema eh que tiene varios meses aquí en la corte y hay condiciones para para discutirlo y entonces es yo insistiría en que se quede en la discusión del orden del día de esta sesión- Muy bien", señaló.

Cabe señalar que el caso se originó en un juicio promovido por el ISSSTE contra créditos fiscales determinados en 2017 por el gobierno capitalino, correspondientes a impuestos de predial, nómina y agua generados entre 2009 y 2013.

Los montos reclamados por año fueron los siguientes: 998.2 millones de pesos en 2009; 1,064.3 millones en 2010; 1,123.5 millones en 2011; 1,520.8 millones en 2012; y 1,103.9 millones en 2013.

En una primera instancia, el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México anuló dichos créditos; sin embargo, posteriormente estos fueron validados por su pleno.

El proyecto aprobado por la Corte establece que los inmuebles del ISSSTE se encuentran bajo el régimen de dominio público, por lo que no están sujetos al pago de contribuciones locales, conforme al artículo 122 de la Constitución.

Durante la discusión, la ministra Batres advirtió que el cobro íntegro afectaría severamente las finanzas del ISSSTE, al superar incluso presupuestos como el del Senado de la República para 2026, estimado en 5 mil 103.8 millones de pesos, y acercarse al presupuesto de la propia Corte, de 5 mil 208.7 millones.

La única ministra que votó en contra fue María Estela Ríos González, quien argumentó que el recurso no debió admitirse, ya que fue presentado fuera de los plazos legales.

"Pues si bien es cierto que podría estar compartiendo el fondo, resulta que la certificación remitida por el Tribunal Colegiado del conocimiento acredita que la notificación aliste de la sentencia hoy recurrida se realizó el 29 de abril de 2025 por medio de lista. Y si bien es cierto que el ISSSTE argumenta que tuvo conocimiento de esa resolución ante el hasta el 11 de agosto y que en fusión de eso promovió nulidad de notificaciones y promovió el recurso de revisión, resulta que no hay constancia de que efectivamente por algún medio haya tenido conocimiento a esta fecha. Entonces, no hay certeza de que efectivamente haya tenido conocimiento el 11 de agosto y por tanto quedaría firme el hecho de que tuvo conocimiento de esa resolución mediante lista y me parece que esa es una razón para mí como abogada suficiente para rechazar esa propuesta", dijo. 

Finalmente, tras esta resolución, el caso regresará a un tribunal colegiado, el cual deberá emitir una nueva determinación conforme a los lineamientos fijados por la Corte, lo que deja abierta la posibilidad de un ajuste significativo en la deuda originalmente reclamada.

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