No podrán castigar a candidatos independientes solo por sospechas: SCJN

Invalidó diversas porciones del Código Electoral de Michoacán

No podrán castigar a candidatos independientes solo por sospechas: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves diversas porciones del Código Electoral de Michoacán que permitían sancionar a candidaturas independientes con base en la percepción que sus campañas pudieran generar entre la ciudadanía.

De acuerdo con lo resuelto por el Pleno, expresiones como "generar la percepción" de pertenecer a un bloque, plataforma u organización común, así como utilizar elementos "semejantes" a los de otras candidaturas, resultan ambiguas y no establecen parámetros objetivos que permitan determinar la imposición de sanciones.

Sin embargo, la Corte validó las disposiciones que obligan a las candidaturas independientes a realizar campañas de manera individual, autónoma e independiente, además de prohibirles coordinar propaganda, estrategias o estructuras que, en los hechos, les permitan actuar como partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes.

Las autoridades electorales sí podrán sancionar la coordinación indebida entre candidaturas independientes, pero únicamente cuando existan elementos objetivos y verificables que acrediten dicha conducta.

Mientras la SCJN analizaba estas disposiciones, integrantes del denominado ´Movimiento del Sombrero´ realizaron una nueva jornada de movilizaciones en la capital del país.

De acuerdo con medios nacionales, al menos 20 integrantes se manifestaron frente a la Suprema Corte, en el Centro Histórico, para exigir su participación en el proceso electoral de 2027. Durante la protesta, los inconformes corearon "independiente" frente al recinto.

Según la agenda de marchas y movilizaciones de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, los integrantes del Movimiento del Sombrero se concentraron desde las 9:00 horas en la alcaldía Cuauhtémoc y posteriormente se retiraron, luego de que se diera a conocer la resolución de la Corte.