INE aprueba dar 90 días de permiso de paternidad a personal

Deberán presentar la documentación legal que acredite el nacimiento del menor o los trámites de la adopción

INE aprueba dar 90 días de permiso de paternidad a personal

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó dar permisos de paternidad y por adopción por 90 días a su personal, como ocurre con el de maternidad.

Por unanimidad, el Consejo General avaló las modificaciones al Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) y del personal de la Rama Administrativa.

Aunque son varios cambios, el que más destaca es el del Artículo 54 del Estatuto que establece que "el personal masculino del Instituto, con motivo del nacimiento de un hijo, tendrá derecho a un permiso de paternidad que consistirá en un periodo de 90 días naturales con goce de sueldo, posteriores al nacimiento del menor".

Precisa, además, que el permiso "se otorgará ante la solicitud que se presente dentro de los 15 días antes y hasta 15 días después del parto".

La adecuación al Artículo 55 del Estatuto también menciona que "el personal del Instituto tendrá derecho a un permiso por adopción cuando adopte a un menor de edad". Este será concedido por un periodo de 90 días con goce de sueldo, posteriores al día en que el solicitante reciba al menor de edad adoptado. 

En ambos casos, los trabajadores del INE deberán presentar la documentación legal que acredite el nacimiento del menor o los trámites de la adopción. 

Es de recordar que la licencia de paternidad es un derecho establecido en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, aunque esta sólo establece cinco días laborables con goce de sueldo. 

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