Chocan ministros de la SCJN durante fallo sobre negligencia médica
Lenia Batres proponía que los dos años disponibles para reclamar una indemnización comenzaran a contarse desde la entrega del acta de defunción
- Vanessa Vázquez
- Noviembre 04, 2026 - 08:50 p.m.
- NACIONAL

Este miércoles se registró una nueva confrontación entre los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con respecto a un proyecto relacionado con negligencia médica.
La controversia surgió en el caso por el fallecimiento de una mujer ocurrido el 20 de mayo de 2019 en un hospital público, donde sus familiares reclaman una indemnización al considerar que la paciente pudo haber contraído una infección debido a la deficiente esterilización de un ventilador utilizado durante su atención médica.
La familia aseguró que conoció la posible negligencia hasta el 27 de agosto de 2019, casi tres meses después de la muerte, mientras su demanda fue el 27 de agosto de 2021, por lo que la institución la rechazó por considerar que había pasado el plazo legal para exigir una reparación.
El proyecto presentado por Lenia Batres proponía que los dos años disponibles para reclamar una indemnización comenzaran a contarse desde la entrega del acta de defunción, expedida el 21 de mayo de 2019, por lo que la reclamación de la familia quedaría fuera de tiempo.
La ministra defendió que este era el documento que daba certeza sobre el fallecimiento y permitía iniciar las investigaciones.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa cuestionó que esa interpretación pudiera impedir a las familias reclamar por negligencias descubiertas después de la muerte.
En tanto, Arístides Guerrero y Loretta Ortiz también señalaron el riesgo de cerrarles el acceso a la justicia, mientras el presidente Hugo Aguilar defendió que el plazo comenzara cuando los familiares conocieran la posible irregularidad y no el deceso.
El conflicto de la discusión se dio cuando Batres interrumpió al presidente durante la organización de las votaciones y posteriormente modificó su posición sobre si el Pleno debía definir el inicio del plazo, situación que creó un debate entre los presentes.
"-Yo quiero manifestar que usted como presidente es quien lleva el debate. Sí, usted ya lo ya lo precisó con base recogiendo los argumentos de todas las personas que integramos este tribunal pleno- Vamos a proceder a la votación. La tolerancia de pronto de la presidencia genera abundancia en el debate. Es útil, pero hay veces también ya es cansado. -Yo me voy a inclinar porque no, porque no veo condiciones objetivas para que se determine por el Entonces, quisiera que se contabilizara mi voto en contra- El proyecto, tácitamente, ya está señalando que como Tribunal Constitucional sí de sí debemos definir el plazo. Pero una vez conocido el resultado de la votación, la ministra Batres cambia su voto. Entonces, creo que en aras de dar seriedad a lo que está resolviendo este Tribunal Constitucional, podemos votar el proyecto en sus términos o simplemente desechar el proyecto y que se returne", dijo.
El caso no determina si el ISSSTE tendrá que pagar una indemnización, pero debido a la insistencia que la ministra siguió demostrando durante el debate, asegurando que está dispuesta a desechar la propuesta, su acción fue cuestionada por internautas ya que la institución en cuestión es la dirigida por su hermano Martí Batres.
"Evitemos el debate, evitemos más debate. O sea, ya hemos avanzado y son decisiones tomadas. En aras de esa seriedad yo nomás invito yo nomás un ratito un ratito, ministro. Yo nomás invito que mediten bien su voto antes de emitirla. Claro está que hasta que yo no dé el golpe del mallete está en posibilidades de hacer el cambio, pero pues estamos y no voy a permitir ahora que ya lo discutido, lo debatido, pues ya avanzamos. Yo les pido que tomemos en consideración, mediten su voto para que no generemos este tipo de confusiones, ministra. -Sí, sí, no, yo no me desdigo de lo que estoy proponiendo. Por eso justamente es que le proponía al presidente que primero desecháramos la propuesta-", señaló.
Finalmente, con ocho votos contra uno, la Corte confirmó que el plazo legal para reclamar es de dos años, pero por seis contra tres determinó que debía contarse desde que los familiares conocieran la posible negligencia, y no automáticamente desde la entrega del documento de defunción.
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