Avala la SCJN extinción de fideicomisos ordenados por AMLO
Considera que no hubo violaciones en el proceso legislativo
- Arnulfo de la Cruz
- Marzo 17, 2026 - 09:30 p.m.
- NACIONAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de noviembre de 2020, mediante el cual se reformaron y eliminaron diversas disposiciones que dieron lugar a la extinción de varios fondos y fideicomisos, luego de que senadores de la República promovieran una acción de inconstitucionalidad.
En la sesión de este martes, el Pleno determinó que no hubo violaciones con "potencial invalidante" en el proceso legislativo, y consideró que la decisión del Congreso se sustentó en una motivación ordinaria suficiente, dado que los fondos y fideicomisos son mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo Federal para el ejercicio de sus atribuciones.
El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, a cargo de la ponencia, explicó que la eliminación y la modificación de fondos no implican, por sí mismas, una afectación a derechos fundamentales, sino un cambio en la forma en que el Ejecutivo administra y ejerce los recursos públicos.

"El proyecto considera que los fondos y fideicomisos modificados o eliminados eran mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo para distribuir el gasto público y no garantías esenciales de derechos. Su desaparición o modificación no elimina las obligaciones estatales; modifica la vía para cumplirlas, sustituyéndolas por mecanismos presupuestarios directos u otros mecanismos.
Asimismo, el análisis descarta afectaciones a derechos fundamentales, pues diversas leyes reformadas prevén que las dependencias correspondientes deben seguir financiando las mismas finalidades con cargo a sus respectivos presupuestos. El proyecto propone declarar la acción parcialmente procedente, pero infundada; sobreseer respecto de artículos cuya vigencia cesó por reformas o abrogaciones posteriores, y reconocer la validez del decreto en lo restante", dijo.
Finalmente, la Suprema Corte estableció que las medidas de austeridad, como la eliminación de fideicomisos, deben respetar los derechos humanos y el principio de progresividad. Por ello, aunque algunos estaban vinculados con la protección de derechos, el Estado mantiene la obligación de garantizarlos, ahora a través de los mecanismos presupuestarios ordinarios.
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