SCJN aprueba revisar la reforma constitucional al Poder Judicial

"Es un golpe de Estado", advierte la ministra Lenia Batres

SCJN aprueba revisar la reforma constitucional al Poder Judicial


Al resolver una consulta ingresada por jueces y magistrados, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó que es procedente analizar la constitucionalidad de la reforma judicial aprobada por Morena y sus aliados, la cual fue impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El máximo tribunal resolvió con ocho votos a favor y tres en contra, la primera consulta bajo la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. En su proyecto, el ministro refirió que las impugnaciones contra la reforma judicial son procedentes bajo el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que ordena a la Corte velar por la autonomía e independencia judicial.

Durante la discusión, la ministra Margarita Ríos aseguró que no hay razón jurídica para impedir el análisis de la reforma judicial, ya que se trata de una consulta preliminar.

"Tampoco puede esta Corte negarse a pronunciarse sobre una consulta jurídica muy interesante y valiosa, y que conforme a la Ley Orgánica debe conocer. Siendo así, yo no encuentro razón jurídica para impedir en este momento ese análisis. Es sólo un análisis, ya veremos a dónde conduce", remarcó.

Sin embargo, las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, afines a Morena, se posicionaron en contra del proyecto, pues consideran que la reforma judicial es un hecho consumado que no puede ser controvertido, y que la SCJN se excedería en sus facultades si acepta una eventual impugnación a la reforma avalada por el Congreso de la Unión.

En este sentido, Batres Guadarrama advirtió que "la Corte estaría dando un auténtico golpe de Estado" si analiza la controversia sobre esta reforma promulgada el 15 de septiembre pasado.   

"La Suprema Corte estaría dando un auténtico, y lo digo con todas sus letras, golpe de Estado, al pretender someter a control constitucional el trabajo del poder constitucional reformador que ha participado en el proceso de reforma constitucional en materia de Poder Judicial. En el estricto cumplimiento de lo ordenado, en el artículo 39 constitucional, que establece que todo poder público dimana del pueblo y se instituye en beneficio de éste, que en todo momento tiene el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno", mencionó.

En este sentido, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá apuntó que hace diez años, cuando Ricardo Monreal, Ernestina Godoy y Adán Augusto López pidieron la intervención de la Corte para revisar una reforma constitucional, nadie los acusó de "golpistas".

"Recordemos en lo general que el planteamiento de analizar la constitucionalidad de una reforma constitucional ha sido defendido y defendido bien y promovido, incluso por el partido que hoy goza del oficialismo (y) nadie en ese momento los acusó de golpistas, me gustaría recordar que en el amparo indirecto 70/2014, suscrito por grandes juristas de nuestro país, a quienes respeto muchísimo como lo es Ernestina Godoy, Adán Augusto López y Ricardo Monreal, en ese momento lo que pedían era revisar el proceso constitucional, el proceso de reforma de la Constitución hace 10 años, nadie en ese momento, reitero, los acusó de golpistas", subrayó.

A su vez, Ríos Farjat consideró que este tipo de declaraciones "tergiversan la litis", y dan una idea equivocada a la sociedad del análisis técnico que se está llevando a cabo.

"Quisiera tomar distancia de expresiones como politizar la justicia o control de calidad de la Corte, sólo por votar a favor de una consulta técnica que me parece pertinente, tampoco creo que sea un golpe de Estado resolver una consulta, y creo que estas expresiones tergiversan la litis y dan una idea equivocada a la sociedad del análisis técnico que se está llevando a cabo", subrayó.

La consulta sobre la reforma judicial será turnada para su estudio a otro ministro para determinar si el Alto Tribunal tiene facultades para revisarla y frenarla, ante los argumentos de juzgadores de que viola la independencia judicial y la división de poderes.

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